El uso de propio idioma en todo Estado y grado del proceso penal

dc.contributor.authorCarmelo García Calizaya
dc.date.accessioned2026-03-17T17:53:11Z
dc.date.issued2021-06-30
dc.description.abstractEl proceso penal se encuentra conformado por una serie de actos procesales que tienen lugar y relevancia respectiva en cada etapa o instancia. Los mismos son comunicados y deben ser entendidos a plenitud por el imputado. Ahora, si el proceso se tramita en un idioma diferente al del inculpado, le corresponde saber el contenido en su propia lengua. En un lugar donde predomina una lengua diferente al español, el inculpado habitante de la zona debe ser procesado en su idioma. El juez, fiscal, el policía, los defensores y cualquier funcionario o persona que participa en el procesamiento debe de comunicarse en la lengua del lugar. Esta acción garantizará la calidad del servicio de justicia, en la medida que facilita el acceso y el entendimiento entre la autoridad y el ciudadano. En esa línea, se plantea que el derecho fundamental del uso del propio idioma en las zonas territoriales de oficialidad de lenguas distintas al castellano, no se convalida necesariamente con ladesignación del intérprete. Al inculpado le asiste el uso directo de su idioma en todo estado y grado de trámite de un proceso penal. Ello hace exigible la optimización de este derecho, a fin de cautelar otros derechos del procesado, entre ellos el derecho de defensa. Con tal propósito, se estudia y se analizan diferentes conceptos, posturas y datos; además, se recurre a jurisprudencias e instrumentos jurídicos. Ello, a partir del artículo 2.19 de la Constitución Política de 1993 que señala el derecho al uso del propio idioma ante cualquier autoridad mediante un intérprete. También en función del artículo 48 de esta carta magna que establece que son idiomas oficiales; además, del castellano, las lenguas aborígenes, en los lugares donde predominan
dc.formatapplication/pdf
dc.identifier.applicationnumberN° 4
dc.identifier.doihttps://doi.org/10.58581/rev.amag.2021.v3n4.01
dc.identifier.isbn2707-4056
dc.identifier.patentnumberVol. 3 Núm. 4 (2021): Enero - Junio
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.14866/1163
dc.language.isospa
dc.publisherAcademia de la Magistratura
dc.publisher.countryPE
dc.relation.ispartofRevista de Investigación de la Academia de la Magistratura
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.subjectDerecho procesal penal
dc.subjectDerecho a la lengua
dc.subjectAdministración de justicia
dc.subjectDerecho constitucional
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
dc.titleEl uso de propio idioma en todo Estado y grado del proceso penal
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/article
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersion
renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/level#maestro
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeInvestigacion

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