La función conciliadora del fiscal en materia de familia

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Academia de la Magistratura

Resumen

La falta de una política institucional por el Ministerio Público en la promoción, difusión y exigencia en el cumplimiento y control de la Ley n.° 28494 y la Directiva n.° 005-2005-MP-FN ha hecho que no se logre los resultados esperados en el tema de conciliación fiscal. A ello se suma la situación de pandemia que estamos viviendo, reduciendo cada vez más la oportunidad a las familias a solucionar su conflicto de intereses mediante conciliación. Esta problemática ha incrementado la violencia intrafamiliar a consecuencia del ejercicio de los atributos de la patria potestad (alimentos, tenencia y régimen de visitas) entre los progenitores y sus familiares. Por eso, el objetivo primordial es analizar por qué la función conciliadora del fiscal de familia o mixto no ha tenido resultados esperados, como es el propósito de la ley. En la actualidad, dicha función es nula, así se evidencia con el registro de solicitudes de conciliación en el despacho de la Fiscalía de Familia de Celendín durante el 2021.

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Palabras clave

• Derecho de familia, • Conciliación, • Ministerio Público

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