Entre la eficacia y la arbitrariedad: un análisis sobre «disposición anticipada» del art. 23 de la Ley n.º 28008
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Resumen
El presente estudio analiza la modificación del artículo 23 de la Ley de Delitos Aduaneros, introducida por el Decreto Legislativo N.° 1542, destacando su incompatibilidad con principios fundamentales del ordenamiento jurídico peruano. Se advierte que la reforma desnaturaliza la incautación, al transformar una medida cautelar en un mecanismo de disposición anticipada de bienes sin sentencia firme, lo que afecta la proporcionalidad y el debido proceso. Asimismo, la norma vulnera el derecho de propiedad, al facultar a la SUNAT para adjudicar bienes sin una determinación judicial definitiva, afectando gravemente a terceros de buena fe. Además, se evidencia una contradicción con el Código Procesal Penal, el cual establece que la incautación solo puede resolverse mediante una decisión judicial firme. La aplicación retroactiva de esta reforma amplifica la inseguridad jurídica al permitir que la SUNAT revierta decisiones previas que negaban la disposición de bienes incautados. En respuesta a estos cuestionamientos, se propone una reforma legislativa que restablezca el control judicial sobre la disposición anticipada de bienes, limitando la discrecionalidad de la SUNAT y garantizando la restitución de bienes en caso de sobreseimiento o absolución. Finalmente, se concluye que la reforma es inconstitucional por vulnerar la separación de poderes, la seguridad jurídica y el derecho de propiedad, lo cual constituye un precedente peligroso de intervención estatal arbitraria.








