Cooperación Judicial Internacional: Especialidad y Confidencialidad
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Academia de la Magistratura
Resumen
Por el principio de confidencialidad, la información obtenida por el canal de cooperación judicial internacional no puede ser compartida con otra autoridad, salvo autorización.
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Derecho internacional, Acuerdos internacionales, Secreto de las comunicaciones, Relaciones internacionales
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