El estándar probatorio en extinción de dominio, con relación al ilícito de lavado de activos

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Academia de la Magistratura

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El estándar probatorio es una herramienta legal, cuya intensidad debe ser conocida en el proceso de extinción de dominio, para cuyo fin se acude al estándar de prueba que se utiliza en materia civil y en materia penal. En materia penal se exige un estándar de prueba muy alto basado en la frase “más allá de toda duda razonable”, esto es, no se admite ninguna versión distinta a la inculpatoria por cuanto ello causaría la absolución del acusado. En el proceso civil se aplica el estándar probatorio de la prueba preponderante o balance de probabilidades, esto significa que, en una graduación numérica, la prueba que deberá ser tomada en cuenta en cada decisión, será la que más se acerque a la existencia del hecho. El estándar probatorio que debe asumir el juez de extinción de dominio es el estándar utilizado en el derecho civil denominado «balance de probabilidades», porque en el proceso de extinción de dominio, al igual que en el derecho civil patrimonial, el objeto materia del proceso es el bien. Al haberse establecido como principio la carga dinámica de la prueba en extinción de dominio, implica que el juez tiene que fallar a favor de la demanda planteada, en tanto no acredite el requerido con pruebas o indicios concurrentes y razonables, el no origen o destino ilícito del bien. Cuando se trata de bienes provenientes del ilícito penal del lavado de activos es pasible de su extinción y el estándar probatorio que se requiere para declarar fundada la demanda. Es la que más se acerque a la acreditación en el grado de probabilidad de que el bien haya sido efecto o ganancia del ilícito penal de lavado de activos.

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Palabras clave

Extinción de dominio, Prueba, Lavado de activos

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